Se lee hoy en el diario El País esta noticia, por otra parte ya conocida: Andalucía podrá sancionar con hasta un millón de euros a los médicos que se obcequen en mantener con vida a un enfermo terminal sin posibilidad de recuperación. En mi opinión está bien condenar la obstinación terapéutica, porque es realmente condenable. Sin embargo, este tipo de acciones penales contra los médicos habría que valorarlas en un contexto un poco más amplio. ¿Qué se pretende conseguir con esta medida? ¿De verdad piensan que nos vamos a creer que se protege la libertad del paciente? Eso sería posible si detrás de esta norma no estuviera la voluntad política de introducir la eutanasia en nuestro país. Es curioso, se condena al médico que intenta salvar la vida del enfermo "contra su voluntad" y se pretende amparar la acción del médico que acorta la vida del enfermo también "contra su voluntad". Podría creer en la bondad de esta medida si no fuera porque detrás de ella se esconde la farisáica intención de introducir la eutanasia, mediante la que se suprimirán las vidas de millares de ancianos sin que nadie se preocupe de saber cuál es su voluntad. No nos chupemos el dedo.
Los menores con 16 años cumplidos pueden decidir por sí mismos
Los centros privados estarán obligados a garantizar ese derecho
Según el anteproyecto de ley, al que ha tenido acceso EL PAÍS, esta práctica por parte de los médicos podrá ser calificada como infracción muy grave. El régimen sancionador del nuevo texto legal prevé castigarla con multas de entre 60.00 1 y un millón de euros.
El artículo 20 del anteproyecto de ley recoge el veto al encarnizamiento terapéutico: "El médico o médica responsable del paciente tiene la obligación de limitar las medidas de soporte vital cuando lo estime necesario para evitar la obstinación terapéutica. Dicha justificación deberá ser consignada en la historia clínica del paciente". Esta limitación requerirá siempre la opinión coincidente "de al menos otros dos" especialistas de los que atienden al enfermo.
En caso de que los representantes o familiares del paciente no estén de acuerdo con que se le retiren las medidas de soporte vital, el médico tendrá que solicitar un informe al comité de ética del centro. Este informe no será vinculante, "pero obligará a revisar" la decisión. En cualquier caso, será el médico quien tenga la última palabra, incluso en contra de la voluntad de la familia.
La ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte (conocida como ley de muerte digna) es una de las grandes apuestas de la actual legislatura del gobierno que preside Manuel Chaves. La norma regulará el derecho de los enfermos terminales a recibir toda la información sobre su enfermedad, a tomar decisiones respecto al tratamiento que le pueden aplicar y a rechazar la intervención propuesta por los médicos "aunque ello pueda poner en peligro su vida". La norma amparará las sedaciones paliativas aunque acorten la vida del enfermo y les otorgará el derecho de recibir estos cuidados en su casa "siempre que ello no esté contraindicado".
La ley se detiene además en los derechos de los enfermos terminales menores de edad. Entre 12 y 16 años, la decisión sobre el tratamiento recaerá en los padres o representantes legales, pero después de escuchar la opinión del niño. Los menores emancipados o con 16 años cumplidos pueden recibir la información clínica y decidir por sí mismos, si bien sus padres serán informados y su opinión se tendrá en cuenta. La ley establece que "en caso de conflicto prevalecerá la opinión del menor" (continuar leyendo)
Los centros privados estarán obligados a garantizar ese derecho
Según el anteproyecto de ley, al que ha tenido acceso EL PAÍS, esta práctica por parte de los médicos podrá ser calificada como infracción muy grave. El régimen sancionador del nuevo texto legal prevé castigarla con multas de entre 60.00 1 y un millón de euros.
El artículo 20 del anteproyecto de ley recoge el veto al encarnizamiento terapéutico: "El médico o médica responsable del paciente tiene la obligación de limitar las medidas de soporte vital cuando lo estime necesario para evitar la obstinación terapéutica. Dicha justificación deberá ser consignada en la historia clínica del paciente". Esta limitación requerirá siempre la opinión coincidente "de al menos otros dos" especialistas de los que atienden al enfermo.
En caso de que los representantes o familiares del paciente no estén de acuerdo con que se le retiren las medidas de soporte vital, el médico tendrá que solicitar un informe al comité de ética del centro. Este informe no será vinculante, "pero obligará a revisar" la decisión. En cualquier caso, será el médico quien tenga la última palabra, incluso en contra de la voluntad de la familia.
La ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte (conocida como ley de muerte digna) es una de las grandes apuestas de la actual legislatura del gobierno que preside Manuel Chaves. La norma regulará el derecho de los enfermos terminales a recibir toda la información sobre su enfermedad, a tomar decisiones respecto al tratamiento que le pueden aplicar y a rechazar la intervención propuesta por los médicos "aunque ello pueda poner en peligro su vida". La norma amparará las sedaciones paliativas aunque acorten la vida del enfermo y les otorgará el derecho de recibir estos cuidados en su casa "siempre que ello no esté contraindicado".
La ley se detiene además en los derechos de los enfermos terminales menores de edad. Entre 12 y 16 años, la decisión sobre el tratamiento recaerá en los padres o representantes legales, pero después de escuchar la opinión del niño. Los menores emancipados o con 16 años cumplidos pueden recibir la información clínica y decidir por sí mismos, si bien sus padres serán informados y su opinión se tendrá en cuenta. La ley establece que "en caso de conflicto prevalecerá la opinión del menor" (continuar leyendo)
1 comentario:
no entiendo muy bien que se juzge a un medico por querer curar a un enfermo terminal aunque este este no este a favor de que le sanen
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